HAY EQUIPO



Esta es la lista para el 28 de junio en Capital Federal.


Alianza Encuentro Popular para la Victoria. Candidatos a diputados nacionales

1. Heller Carlos

2. Rial Noemí

3. Piumato Julio

4. Fuks Gabriel

5. Méndez Lía

6. Morgado Claudio

7. Lamas Pasquino Karina

8. Larroque Andrés

9. Rofman Alejandro

10. Gailliard Ana

11. Wettstein María

12. Prudente Carmelo

13. Biassoni Héctor


Suplentes

1. Kreyness Jorge

2. Sturlesi Hilda

3. Beibe Nahuel

4. Sánchez Raúl

5. Rojas Rosa

6. Oviedo Edith

7. García Tomás

8. Castillo Norma


Lista de candidatos a diputadas y diputados de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Titulares

1. Nenna Francisco “Tito”

2. Romeo Mateo

3. Lubertino María José

4. Palmeyro Claudio

5. Waisman Walter

6. Brawer Mara

7. Gramajo Sebastián

8. Grasi Susini Estanislao

9. De Tanti Mabel

10. Recalde Mariano

11. Guarido Julio

12. Komisuk Adriana

13. Gallardo Pedro

14. Gullo Carlos

15. Santa Catalina Mónica

16. López Gómez Juan

17. Gagliano Mario

18. Alaniz Mariana

19. Paz Pedro

20. Tenaglia Gustavo

21. Custer María

22. Campodónico Walter

23. Elger Vargas Ariel

24. Fernández Trevino Mirta

25. Reggio Oscar

26. Silva Echevarría Braulio

27. Gardella Liliana

28. Espiño Alberto

29. Finguer Marcelo

30. Alonso Laura


Suplentes

1. Betancourt Herber

2. Stabel Hanzen Viviana

3. Copa Pablo

4. Rame Mara

5. Ostrej Luis

6. Copercini Juan Carlos

7. Fernández Mariela

8. D´Adamo Matías

9. Bravo Tomás

10. Peri Claudia



Que se elige:

Se eligen 13 diputados nacionales, 30 legisladores y 10 suplentes.



Como se elige:


La forma en que los votos se expresan en la efectiva representación, o sea, cómo se traducen los resultados electorales en bancas legislativas se llama Sistema Electoral. Existen distintos sistemas vigentes en cada país. Los mismos responden a tradiciones culturales e históricas que dan forma a la representación política.
En nuestro país, y a nivel de cargos federales, la Constitución Nacional y el Código Electoral Nacional establecen los sistemas electorales coexistentes para las distintas magistraturas electivas, Presidente, Diputados y Senadores. En primer lugar hay que expresar que el cuerpo electoral es el mismo para todos los cargos, la diferencia entre cargos legislativos y la fórmula presidencial radica en que la totalidad de los electores del país votan por la fórmula, mientras que para los cargos legislativos se votan listas distintas para cada distrito. (1)
Al titular del Poder Ejecutivo Nacional, el Presidente o la Presidenta, se lo elige a simple pluralidad de votos cuando la fórmula más votada obtiene más del 45% de los votos o más del 40% con una diferencia mayor al 10% respecto de la fórmula que la sigue en número de votos; en caso contrario se realiza una segunda vuelta electoral entre las dos fórmulas más votadas, ganando el que obtiene más votos.
Para el Senado de la Nación los electores de cada distrito eligen a tres senadores, alcanzando un total de 72 senadores nacionales. En cada elección se renueva un tercio del Senado, esto es, ocho distritos eligen senadores.
Se aplica el sistema mayoritario, directo y por lista incompleta. Las listas se componen de dos candidatos. Para cubrir los cargos en disputa es decir, las tres bancas, se adjudican dos bancas al partido o alianza que obtenga la mayoría de los votos y la restante a la que le sigue en cantidad de votos obtenidos. En esta elección no hay fórmulas matemáticas que aplicar ni porcentajes de distribución. La simple pluralidad de votos determina quien sale primero y segundo, y entre ellos se distribuye la representación. (2)
Para la elección de los diputados nacionales, debemos tener en cuenta que la renovación de la cámara se realiza por mitades y, que a diferencia de los senadores que renuevan completamente la representación de cada provincia cada seis años, la elección de diputados se realiza en todo el territorio nacional. Cada elector vota únicamente por una lista de candidatos oficializada por un partido o alianza, cuyo número de integrantes será igual al de los cargos a renovar, más los suplentes.
El sistema es proporcional que aplica la fórmula D’Hont para la asignación de las bancas, con un umbral (también denominado piso electoral) del 3% del número de electores registrados en el distrito. (3)
Esto quiere decir que, en primer lugar, se toman los votos de cada partido que haya superado el umbral del 3% del padrón y se los divide desde la unidad hasta el total de cargos a elegir; luego, se ordenan los resultados de mayor a menor, sin importar la lista a la que pertenecen, hasta llegar a la correspondiente a la última vacante; y finalmente, se toma esta última cifra (repartidora) y se la divide por los votos logrados por cada agrupación, arrojando los cargos que a cada uno corresponderán.
(1) Hasta 1994 en cada distrito se votaba una lista distinta de electores para presidente y vicepresidente que conformaban el Colegio Electoral.
(2) La Constitución requiere que las listas sean presentadas por un partido o una alianza formalizada ya que candidatos similares presentados por partidos diferentes NO acumulan sus votos. Recordar la controversia planteada entre las candidaturas de Alfredo Bravo y Gustavo Béliz.
(3) De no alcanzar dicho número de votos la lista no participa de la distribución de las bancas.

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